
Como despacho de abogados especializado en casos de despido improcedente en Sevilla, hemos
tenido la suerte de interceder en numerosos casos de despido colectivo. Por
eso, nos gustaría aprovechar el siguiente artículo para hablar más
detenidamente sobre este asunto.
Se entiende por despido colectivo aquella situación en la
que concurren ciertas causas económicas, organizativas, de carácter técnico o
productivo que ponen en peligro la viabilidad futura de la empresa. Se trata de
una medida para contribuir a superar el estado de crisis en el que se encuentra
inmersa la organización.
Gracias a nuestra experiencia en casos de despido improcedente en Sevilla,
queremos aclararte algunas características fundamentales para que un
procedimiento sea considerado como despido colectivo. Por ejemplo, deberá
afectar a un mínimo de 10 trabajadores en una empresa que cuente con al menos
100, al 10% de la plantilla en compañías que cuenten entre 100 y 300
asalariados o a 30 en aquellas de más de 300.
También será considerado como despido colectivo aquel
procedimiento que afecte a la totalidad de la plantilla, siempre que el número
sea mayor de 5 y que este hecho se produzca como consecuencia del cese total de
la actividad de la compañía.
Es preciso señalar antes de terminar que para calcular el
número total de afectados se contarán a aquellos trabajadores que hayan sido
despedidos al margen del procedimiento colectivo. En cambio, no lo serán
aquellos cuyo contrato se haya extinguido por finalización de obra, servicio o
interinidad.
En Bidón Abogados
somos especialistas en Derecho Laboral. Nuestros expertos te atenderán de la
forma más profesional, brindándote un asesoramiento eficaz.